Junta médica laboral
En el ámbito del AMBA existen tres Juntas Médicas oficiales.
En la legislación vigente en el ámbito del AMBA existen tres Juntas Médicas oficiales y están diseñadas para la resolución de conflictos en distintas patologías a saber:
-Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales ( Ley 24.557)
-Enfermedades Inculpables ( Ley 20.744)
Las Comisiones Médicas dependientes de la Super Intendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), tienen injerencia VINCULANTE salvo intervención Judicial ya que, tiene un marco legal distinto en conflictos entre el trabajador y la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que haya atendido su patología. Este conflicto se origina, generalmente, por discrepancia del trabajador ante un alta médica o bién ante una regulación de incapacidad y la correspondiente indemnización. La empresa a la que pertenece el trabajador no tiene injerencia en esta Junta Médica y es el trabajador quién tiene que solicitarla.
Contacto: 2822-7200
E mail: [email protected].
Junta médica en CABA. Paso a paso: Procedimiento
En el ámbito de la Pcia. de Buenos Aires se solicitan a: Junta médica en Prov. de Bs As
Dirección médica
CEMIBA